El fiscal general de la República, Isaías Rodríguez,
ordenó la reapertura de la investigación en el caso
de los militares involucrados en los hechos del 11 de abril
de 2002, luego que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anulara
la sentencia del 14 de agosto de 2002 que los libró de
proceso.
El titular del Ministerio Público, quien solicitó
el pasado 2 de diciembre la revisión del dictamen del
14 de agosto de 2002, explicó que la decisión del
TSJ se basó en uno de los alegatos presentados por la
Fiscalía sobre las actuaciones de la Sala Plena Accidental,
la cual a su juicio, "ejerció indebidamente el control
expreso de la Constitución Nacional".
"En este caso de los militares la Sala Plena Accidental
violó el artículo 49 de la Constitución Nacional,
tomando los argumentos de fondo e iniciando un juicio, cuando
realmente se había iniciado un antejuicio para luego
concretar el desarrollo de su respectivo proceso penal".
Rodríguez estimó que se violó el debido
proceso. "Por haberse vulnerado el debido proceso, este
fallo fue perfectamente revocado y anulado. Por lo cual
con esta anulación se comenzará nuevamente el
proceso contra estas personas involucradas en los hechos
de abril de 2002".
Igualmente afirmó que a su parecer el pronunciamiento
del 14 de agosto de 2002 presenta algo más que
imprecisiones.
"Sin duda alguna en este caso se interpretó
de forma grotesca el marco constitucional. Los encargados
de impartir justicia alegaron que nunca se detuvo
a un Presidente, sino a un ex Presidente, que no existió
la malignidad, y que los mismos estaban preñados
de buenas intenciones, estos alegatos no coinciden
con la realidad y el pueblo necesita saber lo que
aconteció en esos días", aseveró.
Afirmó que en este caso no se está llevando
a cabo un doble juicio e indicó que la "cosa
juzgada, en una sentencia, no puede considerarse
únicamente por intermedio del uso de la Carta
Magna, y que diversas leyes nacionales permiten
la inspección y acceso a la anulación
de un fallo".
"En el dictamen del 14 de agosto de 2002, nunca
se desarrolló un juicio, sólo se llevo
a cabo un proceso de antejuicio, evitándose
el desarrollo de un juicio entre las partes. Podemos
decir con absoluta propiedad que estos cuatro
ex oficiales nunca fueron llevados a un proceso
judicial por el delito de rebelión militar".
Nuevos cargos
Isaías Rodríguez dejó clara la posibilidad
de que los ex oficiales Efraín Vásquez
Velasco, Pedro Pereira, Héctor Ramírez
Pérez y Daniel Comisso Urdaneta, puedan
ser juzgados por nuevos delitos.
"Esta anulación del TSJ permitirá
a los fiscales agregar indicios o nuevos cargos
a estos ciudadanos en caso de su comprobada
existencia".
Aclaró que los involucrados serán
juzgados en los tribunales ordinarios, ya
que por ser dados de baja no les corresponde
el antejuicio de mérito.
"Por ser ciudadanos en condición
civil no obtendrán los privilegios
militares y serán procesados bajo
la jurisdicción judicial que les
corresponda".
Dejó abierta la posibilidad de
que el Consejo Moral analice el caso
de los magistrados que firmaron el anulado
fallo.
Con información de Javier
Moreno S.